Declaran inadmisible acción de habeas corpus buscaba libertad de Elizabeth Silverio

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Elizabeth Silverio. (Fuente externa)

RZ NOTICIAS, SANTO DOMINGO. – El juez de la Novena Sala Penal declaró inadmisible la acción de habeas corpus presentada por la defensa de Elizabeth Silverio, para solicitar su libertad pura y simple.

La información la dio a conocer este viernes su abogado Cándido Simón, a través de su cuenta de Twitter.

«Lo último del caso Elizabeth Silverio. El juez de la Novena Sala Penal, sin siquiera guardar las formas ni citar a nadie, ayer (jueves)  declaró inadmisible la acción de habeas corpus presentada cerca del mediodía en favor de Elizabeth Silverio. Justicia por prejuicio es un peligro», escribió el letrado.

Se recuerda que Silverio es acusada de falsificar títulos para ejercer como médico. Sin embargo, sus abogados sostienen que la prisión de la nombrada neurocientífica es ilegal y arbitraria por violación al principio constitucional de separación de funciones entre el acusador y el juzgador, al disponer la jueza, una coerción más grave que la solicitada por el Ministerio Público.

Cándido Simón, uno de los defensores de Silverio, dijo que con su apresamiento se está violando el artículo 28 del Código Procesal Penal, que establece que cuando se trata de una acción pública, como es este caso, el Ministerio Público es el que puede pedir medida de coerción.

Sin embargo, expresó que la Fiscalía del Distrito Nacional pidió garantía económica, impedimento de salida y arresto domiciliario contra Silverio, mientras que la jueza de instrucción Fátima Veloz, erróneamente impuso prisión preventiva, a petición de unos querellantes, «que ni siquiera han notificado».

En ese sentido, informó que la magistrada también violó el artículo 39 de la Constitución, que establece el principio de igualdad ante la ley y el derecho constitucional a igual trato en el proceso judicial.

Asimismo, comparó la situación legal de su cliente con otros casos, citando entre ellos, al conductor de un autobús que atropelló a un capitán de la Policía Nacional y le aplicaron libertad económica. “La pregunta es, por qué esa diferencia marcada con Elizabeth”, cuestionó.

“El Ministerio de Salud se constituyó en querellante y no pidió prisión preventiva, el Ministerio de Educación también se constituyó en querellante y no pidió prisión preventiva, la Fiscalía del Distrito Nacional no pidió prisión preventiva, la solicitaron los querellantes y la ley prohíbe eso”, enfatizó Simón. Fuente: El Nuevo Diario

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