Hackers informáticos podrían enfrentar penas de hasta 30 años de prisión

0
157

 RZ NOTICIAS, SANTO DOMINGO.- La situación creada por un posible sabotaje e intervención ilegal a las redes informáticas de la Junta Central Electoral, no solamente acabó con la posibilidad y credibilidad del voto electrónico, sino también que ha creado una crisis en las elecciones municipales de este domingo 16 de febrero, que ha seguido a una crisis política, de confianza y hasta económica, tanto para la Junta Central Electoral, como para la población y el empresariado.

Esto podría llevar a sus autores a la cárcel con una condena de hasta 30 años de prisión junto a sus cómplices y multas de hasta dos mil salarios mínimos, si se hiciera una investigación seria y responsable, según lo declaró el abogado Amadeo Peralta.

Sostiene el jurista de derecho penal que los autores y responsables han incurrido con su accionar delictivo en violación a los artículos 5, 6 párrafos I y II, artículos 9, 10, 11, 27 y 28 de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, así como violación a los Artículos 5, 26 y 30 de la Ley No. 167-08 (Ley de Terrorismo), y a la vez violaron la Ley No. 155-17 Sobre Lavado de Activos en su Acápite 11, y los Artículos 2, 265 y 266 del Código Penal Dominicano que castigan la asociación de malhechores y la complicidad.

Según lo prevén los artículos 27 y 28 de la 53-07 sobre crímenes y delitos de alta tecnología, los mismos establecen que: “los actos que se realicen a través de un sistema informático, electrónico, telemático o de telecomunicaciones, que atenten contra los intereses fundamentales y seguridad de la nación, tales como el sabotaje, el espionaje o el suministro de informaciones, serán castigados con penas de quince a treinta años de reclusión y multa de trescientas a dos mil veces el salario mínimo”.

El artículo 28 de actos de terrorismo indica que:“Todo aquel que con el uso de sistemas electrónicos, informáticos, telemáticos o de telecomunicaciones, ejerza actos de terrorismo, será castigado con pena de veinte a treinta años de reclusión y multa de trescientos a mil salarios mínimos, del sector público. Asimismo, se podrá ordenar la confiscación y destrucción del sistema de información o sus componentes, propiedad del sujeto pasivo utilizado para cometer el crimen.”

Aclara el abogado Amadeo Peralta que la Ley Electoral no sanciona este tipo de delitos como los contemplados en los artículos 282, 283, 284, 285, 286 y 287 de la Ley 15-19 sobre régimen electoral, por lo que define como una laguna jurídica imperdonable el que el sabotaje a las redes informáticas de la JCE, no contemple una sanción ejemplarizante, sino que sea necesario recurrir a Legislaciones complementarias.

La Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales, tiene un gran reto frente al país y a la Comunidad Internacional, para perseguir, solicitar medidas de coerción y acusar a los responsables de este acto terrorista y de sabotaje que ha puesto en entre dicho la credibilidad de la JCE y podría generar en otras crisis, concluyo el Jurista.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí