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MP acusa de muerte involuntaria a venezolana por el atropello a hijo presidente Adocco

De acuerdo con el MP, el incidente ocurrió el pasado 15 de junio alrededor de las 11:30 de la noche. (Fuente externa)

RZ NOTICIAS, SANTO DOMINGO.- El Ministerio Público presentó su acusación contra Skarlet Valentina Mujica Zapata, por el atropello mortal de Julio César de la Rosa Peralta, hijo del presidente de la Alianza Dominicana contra la Corrupción (Adocco), a quien se le imputa el cargo por muerte involuntaria.

Mujica Zapata, quien se encuentra en situación migratoria irregular debido a que su pasaporte venció en agosto de 2022, enfrenta acusaciones de muerte involuntaria durante conducción temeraria, evasión de responsabilidad y uso de una licencia de conducir extranjera.

De acuerdo con el MP, el incidente ocurrió el pasado 15 de junio alrededor de las 11:30 de la noche, cuando Mujica Zapata transitaba a alta velocidad por la autopista 30 de Mayo, cerca de la Dirección General de Pasaportes en el Distrito Nacional, atropellando a De la Rosa Peralta, causándole la muerte instantáneamente.

Tras el atropello, la acusada abandonó la escena sin prestar asistencia a la víctima, violando la normativa vigente.

Se recuerda que el presidente de Adocco, Julio de la Rosa Tiburcio, criticó las declaraciones de Mujica Zapata durante una visita a la Casa del Conductor, donde está detenida.

“Lo que vimos nos sorprende, porque ella dice que chocó con un objeto desconocido. Por la naturaleza del accidente, ella tiene que saber que chocó con un ser humano, no con un objeto”, expresó De la Rosa Tiburcio.

El órgano acusador sostiene que Mujica Zapata dio declaraciones falsas y de manera tardía, tanto en el Plan Piloto como posteriormente en la Casa del Conductor.

Entre las pruebas presentadas se incluyen el acta policial, la certificación de defunción de la víctima, copia de la matrícula del vehículo tipo yipeta, marca Hyundai, modelo Santa Fe Sport año 2018, a nombre de la imputada y diversos testimonios y pruebas documentales.

Estos delitos están tipificados y sancionados bajo los artículos 303 (numeral 5), 220, 207, 208 y 306 de la Ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.